ANGEL CAMACHO
Cuando una persona tiene un problema durante la atención médica, muchas veces no sabe a dónde acudir. ¿Qué pasa si considera que recibió una atención inadecuada? ¿Si hubo una complicación que no fue explicada? ¿Si existe un desacuerdo con el médico, el hospital o algún servicio de salud?
En Tamaulipas existe una institución especializada para orientar y ayudar a resolver este tipo de conflictos: la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico (Coesamed).
La Comisión tiene como finalidad contribuir a resolver las controversias que surgen entre los usuarios de los servicios médicos y quienes los prestan, tanto en instituciones públicas como privadas. Su actuación busca que estos conflictos puedan solucionarse mediante mecanismos de orientación, conciliación y, cuando corresponde, arbitraje.
¿Qué se puede hacer ante la Comisión?
Uno de los primeros servicios que ofrece es la orientación y asesoría. Esto es importante porque no todos los problemas relacionados con la atención médica necesariamente constituyen una negligencia o requieren iniciar un procedimiento formal. La Comisión puede explicar al usuario cuáles son sus derechos y obligaciones y orientarlo sobre las alternativas existentes ante una inconformidad.
También puede recibir quejas relacionadas con la prestación de servicios médicos. De acuerdo con la legislación estatal, una queja puede presentarse cuando se considere que se proporcionaron servicios contraviniendo las disposiciones aplicables, cuando existió una posible negligencia o impericia con consecuencias para la salud, cuando no se cumplieron los términos acordados para la prestación del servicio o cuando existe otro conflicto derivado de la atención médica.
Esto significa que pueden existir inconformidades relacionadas, por ejemplo, con la atención recibida por un médico, una clínica, un hospital, un servicio de diagnóstico o algún otro prestador de servicios médicos, siempre que el conflicto se encuentre dentro de las atribuciones de la Comisión.
¿Y qué ocurre después de presentar una queja?
La finalidad no es simplemente recibir una inconformidad y archivarla. La Coesamed puede intervenir como una instancia especializada para buscar una solución al conflicto.
Uno de los mecanismos es la conciliación, mediante la cual se escuchan las posiciones de las partes y se pueden formular propuestas y recomendaciones para intentar llegar a un acuerdo. Si las partes alcanzan una solución, esta puede formalizarse mediante un convenio de arreglo.
Cuando las partes aceptan someter el conflicto al procedimiento arbitral, la Comisión también puede intervenir mediante arbitraje médico. La legislación contempla la posibilidad de que la Comisión emita un laudo, es decir, una resolución respecto de la controversia sometida a su conocimiento mediante el compromiso o cláusula arbitral correspondiente.
Además, la legislación contempla la elaboración de dictámenes, entendidos como informes periciales en los que la Comisión establece conclusiones respecto de una diferencia o controversia que haya sido sometida a su análisis.
¿Es únicamente para pacientes de hospitales públicos?
No necesariamente. La legislación estatal contempla los servicios médicos prestados por los sectores público, social y privado, por lo que una inconformidad puede estar relacionada con distintos tipos de prestadores de servicios médicos.
Por ello, si una persona considera que tuvo un problema durante la atención recibida en una institución pública, un hospital privado, una clínica o con un profesional de la salud, puede solicitar orientación para determinar si su caso corresponde a la competencia de la Comisión.
Algo muy importante: no todo problema médico significa negligencia.
Una complicación médica no necesariamente significa que haya existido una mala práctica. Existen enfermedades que pueden evolucionar de manera desfavorable aun cuando se haya proporcionado una atención adecuada.
Precisamente por eso, una de las funciones importantes de estas instituciones es analizar el conflicto desde una perspectiva médica y técnica, escuchar a las partes y buscar una solución conforme a los procedimientos establecidos.
La Comisión tampoco sustituye todas las vías legales existentes. Por ejemplo, la propia Ley de Conciliación y Arbitraje Médico establece que las quejas ante la Comisión no comprenden los conflictos relacionados exclusivamente con el pago de honorarios profesionales.
¿Qué debe llevar una persona que desea presentar una queja?
La legislación señala que la queja debe identificar a quien la presenta y al prestador de servicios médicos, describir claramente los hechos que originaron la inconformidad y señalar qué pretende obtener quien presenta la queja. También pueden acompañarse documentos relacionados con el caso.
Por ello, resulta conveniente conservar expedientes clínicos, recetas, estudios de laboratorio o imagen, notas médicas, comprobantes y cualquier otro documento relacionado con la atención que originó el conflicto.
La existencia de la Coesamed tiene una finalidad que va más allá de atender una queja individual: contribuir a la solución de los conflictos entre pacientes y prestadores de servicios médicos y, a partir del conocimiento de estos problemas, favorecer la calidad de la atención médica.
Cuando existe una inconformidad, informarse es el primer paso. Antes de asumir que hubo negligencia o iniciar un conflicto mayor, conocer los mecanismos de orientación, conciliación y arbitraje médico puede permitir que las partes tengan acceso a una instancia especializada para analizar el problema y, cuando sea posible, encontrar una solución.
Porque en salud, resolver un conflicto también significa proteger los derechos del paciente y contribuir a mejorar la calidad de la atención médica.
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Me pueden leer el próximo jueves para más consejos A tu Salud.
Y recuerden amigos, en Salud Pública: “Es mejor prevenir… que curar”.
