El Espectador
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Mientras la inflación anual cerró en 3.57 por ciento en octubre pasado (3.6 con redondeo), la canasta alimentaria que traza la línea de pobreza extrema registra un aumento anual de 4.3 por ciento en las ciudades mexicanas.
Visto de otra manera: el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) aumenta a menor ritmo que el conjunto de alimentos indispensables para satisfacer las necesidades de lo mexicanos, esto en el ámbito urbano.
Y es que, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en las comunidades rurales el aumento de la línea de pobreza extrema está por debajo de la inflación, como se detalla a continuación.
Pobreza extrema…
- +4.3% ámbito urbano
- +2.9% ámbito rural
- +3.6% inflación general
Y a tasa mensual…
- -0.2% ámbito urbano
- -0.4% ámbito rural
- +0.4% inflación general
Como se observa, la variación mensual de octubre evitó que la línea de pobreza extrema siga separándose más de la inflación, al menos en las ciudades mexicanas.
Pobreza moderada…
Recordando que la línea de pobreza por ingresos incluye la canasta alimentaria y otra no alimentaria, esta segunda línea en mención muestra similares resultados en las variaciones urbanas, en tanto que en las rurales también es menor a la inflación.
Tasa anual…
- +3.6% ámbito urbano
- +3.1% ámbito rural
Tasa mensual…
- +0.4% ámbito urbano
- +0.2% ámbito rural
Como se observa, la línea de pobreza moderada en las ciudades es igual a la inflación, tanto anual como mensual, en tanto que en las comunidades rurales en ambos casos es menor.
El enfoque…
A pesar de algunos meses favorables en el cambio de precios, en el país cada vez resulta más complicado satisfacer las necesidades al interior de las familias en las ciudades, para evitar que caigan en pobreza, ya sea extrema o moderada.
Por último, informamos a nuestros espectadores que la línea de pobreza extrema quedó en mil 844.15 pesos mensuales en el ámbito rural y en dos mil 450.01 en el urbano, en tanto que la de pobreza moderada en tres mil 411.88 y cuatro mil 759.91, respectivamente.
